SAF de largo tratamiento: de acuerdo a lo establecido por el C.D. (consejo directivo) en el año 2021, y, luego de presentar toda la documentación solicitada se dará respuesta a cada solicitud. Qué dice el R.A.M. (Reglamento Académico Marco)Artículo 22°.
Condición de estudiante libre. Los estudiantes regulares de la carrera podrán acreditar las unidades curriculares presentándose a examen final en condición de libre, es decir, sin haber aprobado la cursada, siempre que acrediten un mínimo de 70% de asistencia en las unidades curriculares de régimen presencial y semipresencial. Artículo 25°. Régimen de cursada. El régimen de cursada de las unidades curriculares es presencial, pudiendo cada docente evaluar la posibilidad debidamente fundamentada de realizar su unidad curricular como semipresencial. El porcentaje mínimo de asistencia de los estudiantes para obtener la condición de estudiante regular será del 75% de asistencia a las clases programadas por calendario. El estudiante que no alcance el 75% de asistencia al finalizar la cursada será considerado estudiante libre, pudiendo rendir examen final si hubiera alcanzado un mínimo de 70% de asistencia durante la cursada.